Poco a poco parece que vamos conquistando más derechos. Claro que también toca las narices «tener que conquistarlos». El caso es que ayer anuló la prohibición del estado Mexicano de Campeche que impedía que las parejas homosexuales pudieran adoptar recogida en el artículo 19 de la Ley Regulatoria De Sociedades Civiles de Convivencia.
Según el Tribunal, dicha artículo «es discriminatorio de los derechos de los niños».
Ándale güey, vámonos de reventón
Así, la sentencia establece que dicha normativa «transgrede de manera injustificada el ejercicio de fundar una familia», ya que «la idoneidad de los compañeros civiles para adoptar debe ser definida por el propio procedimiento de adopción, el cual no puede excluir de manera absoluta y sin justificación a ninguna persona o grupo familiar».
Y aunque la decisión se refiera exclusivamente a la legislación de Campeche, abre la puerta al resto del país mediante la unificación de doctrina.
El acuerdo fue adoptado por nueve de los diez miembros del pleno del tribunal, siendo el único voto en contra por parte de Eduardo Medina Mora, quien dijo que no existía ninguna discriminación porque considera que no todos los tipos de familia deben tener el derecho a adoptar.
Fuente | El informador










